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El Código de Conducta
del Sector del Turismo para la Protección de los Niños contra la Explotación
Sexual Comercial
Las empresas y organizaciones del sector del turismo que adoptan el código se comprometen a poner en práctica los siguientes criterios:
- Establecer una política ética en lo que se refiere
a la explotación sexual de los niños.
- Formación de personal tanto en el país de origen y
como de destino.
- Introducir una cláusula en los contratos con proveedores,
estipulando el común rechazo de la explotación sexual comercial de
los niños.
- Proporcionar información a los viajeros por medio de
catálogos, folletos, anuncios en la programación de tv/video durante
los vuelos, etiquetas en los billetes, páginas web de estas empresas,
etc.
- Proporcionar información a 'personas clave' del país
de destino.
- Evaluar y emitir un informe anual.
La Secretaría del Código de Conducta para la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual Comercial en el Turismo se encuentra en la sede central de la Organización Mundial del Turismo en Madrid, España.
Si usted representa a una empresa del sector del turismo que tenga intención de adoptar el código, póngase en contacto con la secretaría en:
Code Secretariat Coordinator
Camelia Tepelus
c/o ECPAT USA, 157 Montague Street,
New York, NY 11201, USA
Ph: + 1 718 935 9192, Fax: + 1 718 935 9173
Email: ctepelus@world-tourism.org,
ecpatsecretariat@world-tourism.org
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Note: This web-site is open for feed-back! We are welcoming all the inputs, comments and suggestions from the project partners and all interested stakeholders. For this purpose, please contact us at: camelia.tepelus[a]thecode.org
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Code Secretariat: c/o ECPAT USA, 157 Montague Street, New York, NY 11201, USA. Ph: + 1 718 935 9192, Fax: + 1 718 935 9173
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